Recientemente el ministro Arturo Zaldívar anunció su renuncia como ministro de la Suprema Corte entonces ahora la pregunta es ¿cómo van a elegir a un nuevo ministro de la SCJN?
Acá les contamos cuál es el procedimiento que marca la ley para reemplazar a un ministro o ministra que renuncia a la Corte.

¿Cómo van a elegir a un nuevo ministro de la SCJN?
A través de sus redes sociales, específicamente su cuenta de X, el todavía ministro Arturo Zaldívar anunció su renuncia a la SCJN.
Dijo que se ha terminado su ciclo en la Suprema Corte y que durante 14 años impulsó los criterios “más vanguardistas que constituyeron el nuevo paradigma constitucional en la defensa de los derechos humanos de todas las personas”.
Y la pregunta que ahora aparece en el panorama es ¿cómo van a elegir a un nuevo ministro de la SCJN?

Para entender cuál es el proceso hay que echarle un ojo al artículo 96 de la Constitución mexicana, en lo relacionado con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Este artículo estipula que el encargado de nombrar a los ministros de la SCJN es el presidente de la República, quien tiene que mandar una lista de 3 propuestas al Senado.
El Senado llamará a comparecer a los y las propuestas, para que luego las dos terceras partes del pleno del Senado votar a favor de uno. Todo en un periodo de 30 días.
Si el Senado entra en conflicto y no se ponen de acuerdo en ese periodo de tiempo, entonces el Presidente elegirá a uno o una de la terna que propuso.
Pero si de plano el Senado rechaza por completo la terna propuesta por el presidente, entonces hay que mandar una nueva. En caso de que la nueva tampoco gustara, entonces el Presidente podrá elegir a una de las tres opciones.

Pero ojo porque no nomás con firmar la carta de renuncia ya se acabó el asunto.
El artículo 98 de la Constitución también establece que las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte solo procederán por “causas graves” y las tiene que aprobar el Presidente.
Si, en este caso, AMLO la acepta, tendrá que enviarla al Senado para que aprueben la renuncia.

¿Y luego? ¿qué hará Zaldívar?
El artículo 101 de la Constitución establece que quienes hayan sido ministros de la SCJN, magistrados de circuito, jueces de distrito o consejeros de la judicatura federal no podrán ser “patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación” en los dos años siguientes luego de su retiro.
Además, los exministros no pueden ser secretarios de Estado, Fiscal General, senadores, diputados ni gobernadores de algún estado.
La cosa es que pocas horas después de que anunció su renuncia, apareció una foto del todavía ministro Zaldívar en una junta con Claudia Sheinbaum, corcholata de Morena rumbo a la presidencia en 2024.
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